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Teniendo en cuenta La Resolución 315 de 2013, se ordena que todo vehículo dé servicio público, debe someterse a una revisión preventiva en un centro de Diagnostico Automotor autorizado, con una periodicidad mínima de dos meses que consta de una revisión completa del vehículo. El CDA Cardisel presta el servicio de Revisión Preventiva a las empresas que se encuentren vinculadas con el transporte terrestre y todo tipo de vehículo de servicio público, para el respectivo cumplimiento a su programa de revisión y mantenimiento a todo su parque automotor.
Todas estas actividades con base en la última actualización de la norma técnica colombiana NTC 5375. Al final se genera un reporte con el resultado de la prueba preventiva, cuyo objetivo es verificar el estado del vehículo para demostrar la efectividad del programa de revisión y mantenimiento preventivo de la empresa a la que pertenece o está adscrito el vehículo; y este reporte confirma si el vehículo cumple o no cumple los requisitos establecidos contractualmente para la Revisión Preventiva. El reporte de resultados de la Revisión Preventiva en ningún caso suple o reemplaza el Certificado de Revisión Técnico-mecánica y de Gases.
Documentos que debe presentar al inicio del proceso:
Las empresas de transporte terrestre automotor de pasajeros serán las responsables de realizar directamente el mantenimiento preventivo de los vehículos de servicio publico vinculados a su parque automotor. A través de un centro especializado y con cargo al propietario del vehículo.
Esta Revisión preventiva también es un servicio que el CDA Cardisel ofrece a los clientes que deseen saber el estado de su vehículo de servicio particular antes de realizar la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes.
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