El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito o SOAT permite que las personas que sufren un accidente de tránsito cuenten con la atención médica, traslado a centro hospitalario y demás coberturas (gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios) que se presentan en la póliza.
Dicho seguro se configura jurídicamente con la Ley 33 de 1986, complementada con el Decreto 2544 de 1987 de la Superintendencia Financiera en el que se definieron las condiciones técnicas y la regulación de las tarifas a cobrar.
De esta forma entra a regir de forma práctica desde el 1 de abril de 1988.
Según datos del Instituto de Movilidad de Tránsito de Pereira, en la capital risaraldense y principales municipios como Dosquebradas se han registrado accidentes viales que han dejado 35 personas fallecidas, solo entre el 01 de enero y el 30 de junio del presente año.
La vía que comunica los corregimientos Cerritos, Puerto Caldas y Caimalito; el Centro con 8 y la vía Armenia son las zonas donde más accidentes se presentaron.
Estas cifras que corresponden a accidentes con víctimas mortales son una pequeña muestra de la cantidad de accidentes que puede presentar cualquier ciudad.
Es por ello la importancia de disponer de un seguro que cubra todos los inesperados gastos que pueda ocasionar un accidente.
¿Quiénes deben adquirir el SOAT?
Cualquier automotor, con placa nacional o extranjera, tipo vehículo o motocicleta que se movilice en el territorio colombiano deben contar con el SOAT vigente.
Esto permitirá que en caso de siniestro todos los involucrados reciban atención médica: el conductor, sus acompañantes o pasajeros en caso de vehículos de servicio público, y los peatones afectados.
En aquellos casos en los que se da la fuga del vehículo involucrado, o no se cuenta con SOAT, es la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud o ADRES, la entidad estatal que por medio de su oficina de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito ECAT, la que se encarga de acompañar el proceso de atención a los involucrados.
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¿Cada cuánto tiempo debes renovar el SOAT?
Carros de todo tipo y motocicletas deben renovar el SOAT de forma anual. Las autoridades de tránsito pueden verificar digitalmente su vigencia. Recuerda que ya no es necesario llevar un certificado físico.
Para su adquisición puedes consultar en diferentes entidades bancarias y por medio de sus sitios web de internet.
También puedes acercarte a las sedes de Cardisel y preguntar por las alternativas que te ofrecen para renovar el SOAT de tu carro o moto.
¿Cuánto vale el SOAT?
Motos:
Menos 100 C.C. = $387.630
De 100 a 200 C.C. = $520.010
Más de 200 C.C. = $586.430
Motocarro, tricimoto, cuadriciclos = $586.430
Carros Familiares:
Menos de 1.500 C.C. = $344.660
De 1.500 a 2.500 C.C. = $419.490
Más de 2.500 C.C. = $456.860
Carros de servicio público:
Menos de 1.500 C.C. = $426.680
De 1.500 a 2.500 C.C. = $530.380
Más de 2.500 C.C. = $684.340
Camperos y Camionetas:
Menos de 1.500 C.C. = $610.630
De 1.500 a 2.500 C.C. = $729.180
Más de 2.500 C.C. = $855.110
Carga o Mixto:
Menos 5 toneladas = $684.340
De 5 a 15 toneladas = $988.050
Más de 15 toneladas = $1.249.160
Bus de servicio público urbano:
Bus urbano = $1.021.310
Servicio Público Intermunicipal:
Menos de 10 pasajeros = $1.010.100
10 o más pasajeros = $1.465.430
En Cardisel encuentras un centro de diagnóstico automotriz que hace presencia en el eje cafetero con 3 sedes en Pereira y Dosquebradas, en las que puedes agendar cita para realizar la revisión técnico mecánica.
Además, tienes alternativas para la renovación del SOAT.
Comunícate con nuestros asesores y dale lo mejor a tu carro o moto.
Sede Turín: Cra. 7 No. 43 – 96, Pereira.
Sede La Rosa: Cra. 16 No. 31 – 20, Dosquebradas.
Sede La Romelia: Cra. 10 No 69 – 36, Dosquebradas.
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